Las unidades piloto deben conducir y abanderar el transporte de
objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, el tránsito de las grúas
industriales por los caminos y puentes de jurisdicción federal, y apoyar la logística de
la transportación.
Se utilizan en los casos de transportes que superen, por
razón de la carga indivisible transportada, las masas o dimensiones máximas;
cuando se trate de vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos o vehículos
especiales y sus conjuntos de obras y servicios que, por construcción, superan
permanentemente las masas o dimensiones máximas.
Los vehículos piloto deberán estar dotados y utilizar la señal V-2 durante la prestación del servicio y tendrán que
mantener comunicación, telefónica o por radio, con el conductor del vehículo
escoltado.
En caso de vehículos especiales o de transporte especial que tengan una anchura superior a cinco metros, además de los vehículos piloto, deberán hacerse acompañar por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico.
En caso de vehículos especiales o de transporte especial que tengan una anchura superior a cinco metros, además de los vehículos piloto, deberán hacerse acompañar por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico.
Para ello el transportista deberá solicitar su presencia y colaboración con 72
horas de antelación, indicando en la solicitud el trayecto, la fecha y hora de
inicio y la matrícula del vehículo, adjuntando copia de la autorización
especial que le haya sido concedida para dicho transporte.
Disposiciones de seguridad para las unidades piloto
Disposiciones de seguridad para las unidades piloto
Las unidades piloto deben cumplir con las siguientes
especificaciones técnicas y de operación:
Especificaciones técnicas.
- Vehículo tipo camioneta con un peso bruto vehicular no mayor a 5100 kg, y que no sea vehículo sedán.
- Pintados en color amarillo.
- En ambos costados del vehículo deben ostentar rotulada la inscripción “UNIDAD PILOTO”, con letras color negro de 0.175 m de altura de conformidad al modelo que se indica en el numeral 17.2 Tipo de señalamiento para unidad piloto, combinaciones vehiculares especiales y grúas industriales, del Apéndice Normativo.
- Colocar una señal de advertencia de 0.60 m x 1.20 m en color amarillo, con la inscripción en dos renglones “EXCESO DE DIMENSIONES”, “EXCESO DE LARGO” o “EXCESO DE ANCHO”, con letras negras de 0.20 m de altura, de conformidad al modelo que se indica en el numeral 17.2 Tipo de señalamiento para unidad piloto, combinaciones vehiculares especiales y grúas industriales, del Apéndice Normativo, según corresponda.
- Si la señal de advertencia se coloca en la parte más alta del vehículo, ésta deberá ser visible hacia delante y hacia atrás.
- Si la señal de advertencia se coloca solamente en la parte trasera, se deberá instalar además una torreta en la parte frontal permanentemente encendida y en lo más alto del vehículo.
- Portar una torreta en la parte superior, la cual debe ser visible a una distancia de 150 m desde cualquier ángulo.
Gracias muchas gracias
ResponderEliminarBuena información Gracias....donde puedo descargar mas información sobre el manejo de la unidad piloto,y sus funciones diversas del conductor..por favor y Gracias
ResponderEliminarQue licencia se ocupa para unidad piloto
ResponderEliminarTienen vacantes y que requisitos son nesesarios
ResponderEliminarCómo saber si se necesita una o dos unidades piloto
ResponderEliminarRequisitos para ocupar vacante
ResponderEliminarAlguna vacante para el manejo y transporte de exseso de dimensiones. Porfavor
ResponderEliminarDónde dejan solicitud o qué requisitos piden
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